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11 - Otras licencias
 

El trabajador gozará de las siguientes licencias especiales: 
 

• Nacimiento de hijo: 3 días corridos.
• Matrimonio:
10 días corridos.
• Fallecimiento de esposa, concubina, hijos y padres:
4 días corridos.
• Por fallecimiento de hermanos y suegros:
2 día.

• Por fallecimiento de Yerno y Nuera: 1 día.
• Para rendir examen en la enseñanza media o universitaria: 2 días corridos por examen, con un máximo de 10 días por año calendario.

Estas licencias son pagas.

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